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Órganos judiciales deben controlar desempeño adecuado de la defensa técnica

Los órganos judiciales deben controlar un desempeño adecuado de la defensa técnica y esta debe ser puesta en atención de los procesados oportunamente para evitar generar a futuro nulidades. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICASALA PENAL PERMANENTECASACIÓN N.º 655-2020 LAMBAYEQUE Lima, diecinueve de febrero de dos mil veintiuno VISTOS: los recursos de casación interpuestos […]

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La incorporación de prueba de oficio en segunda instancia de un proceso penal

La Corte Suprema emitió la Casación N.º 506-2020/ICA en la que nos indica que nuestro sistema procesal penal tiene como meta el esclarecimiento de la verdad.  Esta meta se hace explícita en el artículo 385º del Código Procesal Penal que permite la actuación de prueba de oficio, bajo determinados requisitos, esto es siempre que: “[…]

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La conclusión de la investigación preparatoria no requiere de notificación de la disposición fiscal que así lo dispone

La Corte Suprema de Justicia, en la Casación Nº 683-2019/LAMBAYEQUE ha indicado que la conclusión de la investigación preparatoria no está en función a la notificación de la disposición fiscal que así lo dispone, sino que depende del cumplimiento de los plazos legalmente estipulados, salvo que se trate del apartado 1 del artículo 343º del

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LA PRUEBA INDICIARIA COMO MÈTODO PARA DETERMINAR LA RESPONSABILIDAD PENAL

La Corte Suprema emitió el Recurso de nulidad 179-2020/ PUNO, en la que nos indica que la prueba indiciaria es un método probatorio el cual exige que los indicios deben estar acreditados. Además, los mismos deben ser plurales y excepcionalmente únicos, pero siempre con solvencia acreditativa. Asimismo, deben también ser concomitantes al hecho materia de

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Poder Judicial Facilita Presentación Electrónica De Solicitudes De Inscripción De Medidas Cautelares

El Poder Judicial aprobó el trámite de la presentación electrónica de actos inscribibles ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos. Esta norma se enmarca en el convenio de cooperación interinstitucional suscrito entre la Sunarp y el Poder Judicial, cuyo objeto es la presentación electrónica de solicitudes de inscripción de medidas cautelares dispuestas por los

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Si la resolución de inicio del PAD no se notificó en el plazo legal, ¿Genera nulidad del procedimiento? [Resolución 000387-2022-Servir/TSC]

Mediante la Resolución 000387-2022-Servir/TSC-Segunda Sala, el Tribunal del Servicio Civil aclaró que si la resolución de inicio del PAD no se notifica en el plazo legal de 5 días de expedido el acto administrativo, el incumplimiento de dicho plazo no genera la nulidad del procedimiento administrativo disciplinario ni mucho menos exime de responsabilidad administrativa al servidor o

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Johnny Marzano Mejia

Abogado

Socio fundador del Estudio Marzano Abogados & Asesores. Cuenta con estudios de Especialización en Administración y Gestión de Empresas por la Escuela de Postgrado de la Universidad del Pacífico.

Abogado con estudios de maestría en Gestión Pública por la Escuela de Post Grado y Estudios Continuos de la Universidad Peruana del Norte.

Cuenta con estudios de Especialización en Fiscalización de Explosivos, Agentes de Voladura y Accesorios de Uso Civil por la Escuela de Postgrado de la Universidad Continental.

Cuenta con más de 7 años de experiencia profesional en el sector público y privado, además de gerenciar diversas empresas nacionales. Brinda asesoramiento legal y empresarial a personas naturales y jurídicas, comunidades campesinas, mineros en proceso de formalización y empresas mineras.

Participa en mesas de trabajo entre las comunidades campesinas a nivel nacional y las empresas mineras en materia de prevención y gestión de conflictos sociales, renegociación de contratos de servidumbre minera y cumplimiento de obligaciones contractuales.

Comunidades Campesinas

Brindamos servicios de asesoría y capacitación a comunidades campesinas en temas de Ley de Comunidades Campesinas, Convenio 169 de la OIT, consulta previa en la actividad minera.
Participamos en mesas de trabajo entre las comunidades campesinas a nivel nacional y las empresas mineras en materia de prevención y gestión de conflictos sociales, renegociación de contratos de servidumbre minera y cumplimiento de obligaciones contractuales.
Fomentamos la creación y desarrollo de las empresas comunales a fin de beneficiarse con ingresos de manera permanente y gestionamos dichos contratos con las empresas mineras.